¿Qué documentación necesito para vender mi piso?

Como agente inmobiliario me encuentro con muchos vendedores que quieren vender su vivienda y no saben bien que documentación necesitan. Hoy os quiero hablar de esto, de la documentación que tenéis que tener preparada para vender vuestro inmueble. Hay documentación imprescindible a la hora de vender un inmueble y que si no la tenemos preparada o prevista nos puede dificultar la venta del mismo. Si tenemos todo previsto y organizado además de evitar problemas también generaremos seguridad en los posibles compradores teniendo más posibilidades de vender nuestro piso o casa.

En el momento que ponemos en venta un inmueble deberíamos tener preparada la siguiente documentación:

  • El titulo de propiedad bien sea una escritura de aceptación de herencia, escritura de compraventa o adjudicación judicial en caso de que el inmueble proceda de un embargo. No es necesario llevar el documento original el día de la compraventa, pero a  muchos notarios les gusta hacer una marca sobre la propiedad vendida en la escritura original para que no se pueda volver a vender sobre todo si en el titulo de propiedad se adquirieron varios inmuebles.
  • EI DNI de todos los vendedores y cónyuges que, intervengan en la venta. El DNI sí que tenéis que llevar el documento original el día de la compraventa a la notaria.
  • Atención especial a los que vuestro estado civil sea casados con separación de bienes o divorciados, necesitaréis capitulaciones matrimoniales en el caso de estar casados en separación de bienes o sentencias de divorcio originales siempre con su inscripción en el registro civil. Además en algunas comunidades autónomas como en Aragón aunque el bien sea privativo de uno de los dos cónyuges el otro cónyuge tiene que ir a la notaría también el día de la venta del inmueble a renunciar a un derecho de expectante de viudedad y consentir la compraventa.
  • Poderes de representación, en caso de que alguno de los intervinientes en la venta del inmueble apodere a otra persona para que firme en su lugar habrá de tener un poder notarial para la venta del inmueble. El día de la compraventa del inmueble en notaría el apoderado deberá llevar el poder original y su DNI original.
  • Otro documento importante y que os pueden pedir en algún caso, normalmente nos lo pedirá el comprador que pida una hipoteca, es la nota simple del registro de la propiedad. No es imprescindible que la aportemos nosotros pero el coste es más que asumible, ya que solo cuesta algo más de tres euros. En esta nota simple podremos ver si el inmueble aparece correctamente a nuestro nombre en el registro de la propiedad y si hay alguna hipoteca sin levantar. Podría ser que hubiéramos terminado de pagar la hipoteca pero no hayamos hecho el levantamiento registral, incluso en el caso de que el inmueble proceda de una herencia podría aparecer alguna hipoteca antigua de nuestros padres, tíos o persona que nos dejo el inmueble en herencia.
  • Recibo de IBI, es interesante que tengamos el recibo completo donde salen todos los datos de valor de catastral del suelo y valor catastral del inmueble… si nuestro banco no nos manda el recibo completo a través de la web de vuestro ayuntamiento o de la web de vuestro banco y con los datos que os salen en el recibo de vuestro banco podréis sacar el recibo completo fácilmente.
  • Recibo de comunidad, no es obligatorio, pero es muy interesante tenerlo para dar la información veraz de lo que se paga mensualmente de cuota de comunidad.
  • Certificado de eficiencia energética es imprescindible para vender o alquilar un inmueble desde el año 2013, además hay que tenerlo registrado en el organismo competente de cada comunidad autónoma. Este certificado nos lo tiene que hacer un aparejador o ingeniero técnico homologado.

Una vez que ya tengamos comprador para nuestro inmueble, que ya hayamos firmado contrato de arras con el comprador y hayamos fijado fecha para la compraventa en notaria, con la mayor antelación posible necesitaremos estos certificados:

  • Certificado de comunidad, tendremos que hablar con el administrador de fincas o con el presidente de la comunidad en el caso de que la comunidad no tenga administrador de fincas y que nos prepare un certificado de estar al corriente de las cuotas de comunidad y el estado de las derramas si las hubiere en el mes de la compraventa en notaría.
  • Certificado de hipoteca, si tenemos hipoteca tendremos que hablar con nuestro banco con la mayor antelación posible para que nos prepare un certificado de saldo de nuestra hipoteca a fecha de la compraventa ante notario.

Aquí os dejo un enlace a un vídeo de mi canal youtube donde os explico todo esto y podréis ver un poco los documentos físicamente:

Si queréis seguir unos consejos para que vuestra vivienda sea más atractiva para los posibles compradores sin gastar mucho podéis ver una serie de artículos que he publicado al respecto que hablan de Acondiciona tu vivienda antes de ponerla en venta y Como anunciar y publicitar mi vivienda para venderla mejor.